Coatzacoalcos, Ver.- El Código Penal del Estado de Veracruz establece penas severas para el delito de terrorismo, figura jurídica de la cual la fiscalía veracruzana acusa al reportero de nota roja, Rafael “Lafita” N, detenido el pasado miércoles 24 de diciembre en el municipio de Coatzacoalcos.
La imputación en contra de “Lafita” generó polémica entre periodistas y organizaciones civiles que advierten un posible uso indebido del tipo penal para criminalizar el ejercicio periodístico en el estado de Veracruz. De acuerdo con el artículo 311 del Código Penal del Estado de Veracruz, comete el delito de terrorismo quien, usando explosivos, sustancias tóxicas, armas de fuego o mediante actos como incendios o inundaciones, realice acciones contra personas, bienes o servicios públicos que generen alarma, temor o terror en la población.
Este delito contempla penas que van de tres a 30 años de prisión, además de multas y la suspensión de derechos políticos. El mismo artículo también sanciona con penas de uno a nueve años de prisión a quien, conociendo la identidad y actividades de una persona considerada terrorista, no lo informe a las autoridades.
El artículo 313 amplía la definición al considerar terrorista a quien provoque voces de alarma, señales o estruendos, simulando la posible existencia de actos terroristas, aun cuando estos no se concreten, si el objetivo es generar tumultos, desorden, alarma o zozobra en la población.
Tras la detención del comunicador, su hijo denunció presuntas irregularidades en la actuación de la fiscalía de Veracruz y sostuvo que la acusación carece de sustento. En las últimas horas, diversas organizaciones y asociaciones de periodistas del estado de Veracruz se pronunciaron en contra de la detención, pues consideran que representa un riesgo directo para la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo crítico.
