Ciudad de México.- Todas las líneas de telefonía móvil que operen en México requerirán un registro a nombre de una persona física o moral identificable, según una estricta regulación que afectará tanto a líneas de prepago como a las de pospago. Las operadoras de telecomunicaciones tendrán el poder de bloquear los servicios a las líneas faltantes en el registro a partir del 9 de enero de 2026, cancelando acceso a llamadas, mensajes y datos móviles.
Los usuarios deberán presentar una identificación oficial vigente y la Clave Única de Registro de Población (CURP) para completar este trámite, mientras que las personas morales lo harán mediante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este registro podrá llevarse a cabo tanto presencialmente en centros de atención como a través de plataformas digitales proporcionadas por los operadores.
La iniciativa forma parte de un esfuerzo para eliminar los números móviles anónimos, y afecta a todos los tipos de líneas, incluyendo las SIM físicas y las eSIM, sin importar el plan o el operador. La medida se extiende a usuarios internacionales con líneas activas en el país, que deberán cumplir los plazos previstos para evitar la suspensión de los servicios.
Las empresas de telecomunicaciones están obligadas a proteger la información personal de los usuarios siguiendo la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Hasta el momento, el gobierno no creará un padrón central, pero las operadoras deberán establecer sistemas de seguridad para impedir el acceso no autorizado y el uso indebido de los datos.
El nuevo reglamento aplicará a todos los proveedores de servicios móviles, incluyendo aquellos que operan bajo esquemas mayoristas o de redes compartidas. Se espera que la medida permita la creación de un padrón actualizado de números, fortaleciendo así los mecanismos de identificación en el sector.
