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Emilio Lozoya Thalman, ex director general de Petróleos Mexicanos, se encuentra a un paso de obtener su libertad luego que un tribunal de apelación negó a la Fiscalía General de la República la posibilidad de presentar pruebas relacionadas con los sobornos que habría recibido por parte de la empresa brasileña Odebrecht, usados para financiar la campaña del PRI a la Presidencia de México, en 2012.

Estas pruebas consistían en información bancaria enviada desde Suiza y Brasil a México, que incluían los estados de cuenta de las empresas de Lozoya en Suiza y los comprobantes bancarios de las transferencias realizadas por las empresas offshore Innovation Research Engineering and Development Ltd. (supuestamente utilizada por Odebrecht para pagar sobornos a Lozoya), Latin American Asia Capital Holding y Zecapan.

El tribunal demostró que esta información bancaria se obtuvo sin la autorización previa de un juez, lo que viola el secreto bancario. Según la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación en materia Penal en la Ciudad de México: “Los medios probatorios C-5 y C-7 contienen información bancaria que requiere una orden judicial previa para su obtención. Aunque se obtuvo a través de la asistencia Jurídica internacional, la restricción constitucional sobre este tema no hace distinciones basadas en su origen geográfico, sino en cómo se obtiene y la necesidad de cumplir con los requisitos del derecho interno”.


 

La Fiscalía General de la República había apelado la decisión del juez Gerardo Genaro Alarcón López, quien en marzo pasado excluyó 24 pruebas que los fiscales tenían contra Lozoya en el caso Odebrecht. Los magistrados del Colegiado modificaron la decisión del juez Alarcón y permitieron la admisión de la acusación del Departamento de Justicia de Estados Unidos contra Marcelo Bahía Odebrecht, dueño de la constructora, quien había celebrado un acuerdo de culpabilidad con el gobierno de EE.UU. UU. y había señalado a varios funcionarios de otros países, incluido Lozoya, como beneficiarios de los sobornos de la empresa brasileña. El juez había excluido esta prueba argumentando que se trataba de un antecedente procesal que no podía usarse como prueba en otro juicio.

La resolución puede ser impugnada mediante un recurso de amparo presentado por la Unidad de Inteligencia Financiera o Petróleos Mexicanos, que son consideradas víctimas del lavado de dinero, asociación delictuosa y cohecho imputados a Lozoya en este caso. Este caso por sobornos de Odebrecht es el único que se mantiene activo en contra de Lozoya, ya que el caso Agronitrogenados se suspendió al considerar que el pago de la reparación del daño acordado por Alonso Ancira por más de 200 millones de dólares también debe ser considerado para liquidar el pago exigido por la UIF y Pemex al exfuncionario por 30 millones de dólares.

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